1º)
Horario de atención 7.30 a 20 horas.
2º)
La Biblioteca de la Facultad de Filosofía y Letras,
tendrá tres tipos de préstamos:
a) Préstamo interno,
b) Préstamo externo, c)
Préstamo Interbibliotecario,
a)
Préstamo Interno
El
préstamo interno será concedido a toda persona que concurra
a la Biblioteca.
3°)
La obra solicitada para consulta en la Sala, debe ser
reintegrada en el turno que la haya solicitado. Por
la mañana hasta las 13.30 horas y por la tarde hasta
las 20 horas.
4°)
Entregar el volumen en el mismo estado que lo recibió,
aceptando la verificación, por parte del empleado.
5°)
Observar un comportamiento correcto, respetar el silencio
de la Sala y el clima de estudio que en ella impera.
6º)
Queda prohibido retirar del local de la biblioteca el
material bibliográfico solicitado en préstamo interno,
salvo que con la debida autorización, sea llevado a
una cátedra, un aula u otra dependencia de la Institución.
7º)
Cualquier deterioro verificado en el material prestado,
obligará al usuario a reponer una obra nueva.
b)
Préstamo Externo
8º)
El material bibliográfico, podrá ser solicitado en préstamo
externo. Según las condiciones establecidas en el presente
reglamento, de acuerdo a sus existencias, las necesidades
de sus lectores y las exigencias de su circulación interna.
9º)
Quedan excluidas del préstamo externo, los siguientes
tipos de obras: a) De referencia, b) De consulta y demás
textos de estudios incluidos en la bibliografía obligatoria
de las cátedras. c) Ediciones antiguas, raras, agotadas,
ejemplares únicos y colecciones valiosas, que se conservan
por alguna característica especial como ser: la calidad
de la impresión, la riqueza de la encuadernación, las
ilustraciones, los ejemplares autografiados, etc., ch)
Publicaciones periódicas, salvo excepciones que la Biblioteca
considere pertinente, d) Diccionarios, enciclopedias.
10º)
Cuando razones especiales lo justifiquen, las obras
de consulta podrán ser facilitadas en préstamo externo,
por el tiempo en que la Biblioteca vaya a permanecer
cerrada, pero su devolución deberá hacerse indefectiblemente
hasta las 8 horas del primer día hábil después del préstamo.
En el caso de pedidos para concursos, se podrá prestar
los libros desde el momento del sorteo de temas hasta
las 24 horas después de la clase oral y pública en cuestión.
11º)
El máximo de libros que el alumno podrá retirar será
de 3 volúmenes.
12º)
La duración de los préstamos, dependerá de la demanda
que tenga la obra solicitada, fijándose entre 1 a 7
días.
13º)
Para renovar el préstamo, el interesado deberá concurrir
a la Biblioteca con la obra.
14º)
El préstamo externo, se limitará a las siguientes categorías
de personas: a) Profesores de la Universidad Nacional
de Tucumán, b) Estudiantes de la Universidad Nacional
de Tucumán: Alumnos de la Casa, Escuela Universitaria
de Educación Física, Facultad de Psicología y Facultad
de Artes, siendo requisito indispensable, para estas
dos últimas presentar Libreta Universitaria donde conste
ser alumno regular. El alumno de la Casa, tendrá prioridad
al momento de otorgarse los préstamos. c) Empleados
de la Universidad Nacional de Tucumán, dependiendo del
movimiento que tenga la obra al momento de solicitarla.
15º)
El control de los préstamos se hará por medio de Computadora,
firmando el solicitante una ficha, donde figuran los
datos del libro y su código personal.
16º)
Es requisito indispensable para solicitar el Carnet
de Lector: a) Presentación de Libreta Universitaria
y dos fotos de 4 x 4, aportando sus datos personales,
b) Comunicar los cambios de domicilio, c) El Carnet
deberá ser renovado una vez reinscripto el alumno y
el trámite de renovación debe hacerse personalmente
en Biblioteca.
17º)
Las personas que soliciten ser socios de la Biblioteca,
recibirán un Carnet, que servirá de credencial personal
e intransferible a terceros y permitirá al titular solicitar
obras en préstamo, siendo su presentación obligatoria.
El uso indebido del mismo se hará pasible de sanciones
disciplinarias.
18º)
Las obras retiradas de la Biblioteca, deberán ser devueltas
el día del vencimiento del préstamo.
19º)
El material devuelto, será revisado por el empleado
de préstamo. En caso de comprobarse mutilaciones o un
estado de deterioro que obliguen a darlo de baja, como
también cuando el lector hubiera extraviado el libro,
deberá restituir un nuevo ejemplar de la misma obra
e igual edición. Si se tratará de una obra agotada,
el profesor o el bibliotecario indicará al lector la
obra que deberá reponer.
20º)
La devolución fuera de término implicará la suspensión
automática del Carnet. las suspensiones se aplicarán
de la siguiente manera: pasadas las 24 horas de la fecha
de vencimiento, se aplicarán 7 días y a partir de ese
término se va sumando un día por cada día de mora hasta
el día del reintegro.
21º)
Sin perjuicio de las sanciones aplicadas, la Biblioteca
solicitará la intervención de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos de la Universidad, en caso de fracasar
en sus gestiones directas, para recuperar el material
facilitado en préstamo. PRESTAMO EXTERNO PARA CONCURSO
22º)
En caso de que los concursantes fueran más de una persona,
tendrán que llegar a un acuerdo entre ellos para retirar
el material bibliográfico, en caso contrario quedará
en Biblioteca para consulta interna. Si el libro requerido
esté prestado, se solicitará al deudor su reintegro.
c)
Préstamo Interbibliotecario
23º)
La Biblioteca de la Facultad podrá facilitar material
bibliográfico a Bibliotecas de la Universidad Nacional
de Tucumán y podrá establecer convenios con otras Bibliotecas,
a las cuales se considere de importancia y responsabilidad.
24º)
Las solicitudes de préstamo, serán firmadas por los
directores o funcionarios debidamente autorizados, quienes
serán responsables de la recepción y devolución.
25º)
La duración del préstamo y el número de obras a facilitar,
dependerá de las posibilidades de la Biblioteca.
26º)
La mora en el cumplimiento de las devoluciones, dejará
sin efecto los nuevos préstamos hasta tanto se normalice
la situación. La Biblioteca reincidente quedará privada
del beneficio del préstamo.-